Con este presupuesto de 296 mil millones se busca brindar un alivio económico temporal a la población laboral afectada por la pandemia.
El gobierno de la República anunció este jueves en conferencia de prensa el inicio del proceso de registro de solicitudes digitales para el otorgamiento del Bono Proteger, una ayuda económica temporal de tres meses que se brindará a personas afectadas laboralemte por la emergencia sanitaria covid-19.
El monto de este bono dependerá de cada situación particular. Las personas despedidas con contrato laboral suspendido, con jornada laboral reducida en un 50% o más, trabajadores independientes e informales cuya solicitud haya sido aprobada recibirán un bono de 125 mil colones por mes durante tres meses.
En tanto, para quienes sufrieron una disminución de su jornada laboral en un 50% o menos el monto será de 62.500 colone por mes, por el mismo periodo.
El gobierno pretende destinar 296 mil millones de colones para este programa. Con este monto se espera ayudar a 612 mil personas, así como a 68 mil hogares en pobreza, para un total aproximado de 680 mil beneficiarios.
Para el presidente de la Repúbica, Carlos Alvarado, este es un esfuerzo excepcional para ayudar a los afectados por la emergencia.
"Somos conscientes de que los tiempos que vivimos producto de la pandemia global que ha dejado a millones sin empleo en todo el mundo requieren medidas extraordinarias. Por esta razón, el gobierno impulsa de manera decidida el Bono Proteger con el fin de brindar un alivio económico temporal a todas las personas trabajadoras que han visto afectados sus ingresos por la situación del covid-19", dijo el mandatario.
Este beneficio se podrá solicitar de manera gratuita solo virtualamente mediante una plataforma creada por le gobierno: proteger.co.cr
Además las autoridades aclaran que ninguna institución pública llamará telefónicamente para solicitar datos personales.
En caso de recibir llamadas solicitando datos, o mensajes de texto, deberá alertar a las autoridades mediante la línea gratuita 800-Denuncie (800-33686243).
Para los casos excepcionales de personas que no cuentan con conectividad se promoverá el apoyo de facilitadores tecnológicos seleccionados por el Ministerio de Trabajo y Seguirdad Social (MTSS) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), los cuales serán anunciados próximamente.
Población laboral beneficiada
Geannina Dinarte, ministra de Trabajo y Seguridad Social, comentó que “desde la declaratoria de emergencia por el COVID-19, hemos estado trabajando intensamente en esta herramienta virtual y segura que permitirá, a las personas que hoy ven afectados sus ingresos, optar por este Bono Proteger de manera que puedan atender las necesidades básicas de sus familias en esta coyuntura”.
Especificó que esta ayuda está dirigida a todas aquellas personas trabajadoras que se les aplicaron cualquiera de las dos medidas de protección del empleo que habilitó el Ministerio de Trabajo, reducción de jornadas laborales y suspensiones temporales de contratos, así como por despidos debido a los efectos del COVID-19.
Por su parte, el jerarca de Desarrollo Humano y Presidente Ejecutivo del IMAS, Juan Luis Bermúdez, indicó que esta medida la podrán aplicar también las personas trabajadoras independientes y/o informales que sufran afectación por este nuevo coronavirus.
“Buena parte de la población que trabajaba de manera temporal o informal ha caído en una condición de pobreza coyuntural por la paralización de la economía. Nuestro objetivo es no dejar a nadie atrás, actuando como una sociedad responsable de protegernos los unos a los otros para llegar juntos al final de la curva de la COVID19”, dijo.
“Mediante la herramienta tecnológica del SINIRUBE, con la autogestión de las personas y sumando la participación de actores sociales, sectoriales y locales, que difundan la información y apoyen el acceso tecnológico, buscamos llegar a todo el país con el Bono Proteger”, puntualizó Bermúdez.
Paso a paso
El Bono Proteger es un beneficio económico temporal que podrán solicitar las personas costarricenses o extranjeras en condición migratoria regular, mayores de 15 años, y que se encuentren desempleadas, con contrato laboral suspendido, jornada laboral reducida o con ingresos afectados como consecuencia del COVID-19.
Además, deberá tener a mano su último documento de identidad, suscribir una declaración jurada y disponer del número IBAN de su cuenta bancaria (a su nombre y en colones), así como la información probatoria sobre su afectación laboral. Si la persona no dispone de una cuenta bancaria, la puede solicitar durante el trámite en el mismo formulario.
Si persona cumple los requisitos, el trámite a seguir es el siguiente:
● Ingresar a la plataforma proteger.go.cr, que será el único canal para realizar una solicitud.
● Leer y firmar un consentimiento informado sobre el uso de datos que se le presentará en el sitio web con el fin de que las autoridades puedan corroborar toda la información en las distintas instituciones públicas.
● Proporcionar una declaración jurada de que la información que brindará es verídica. Para ello, tendrá las siguientes posibilidades: a) Imprimir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento; b) Firmar con firma digital la declaración jurada y adjuntar el documento; c) Transcribir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento.
● Brindar la información solicitada sobre su afectación al COVID-19.
● Luego, deberá dar su cuenta bancaria IBAN o solicitar, en el mismo formulario, la apertura de una.
● Posteriormente, deberá facilitar la información requerida por el sistema para corroborar su afectación laboral.
● Una vez hecha la solicitud, esperará la resolución de su caso -si fue aceptada o rechazada- la cual se notificará por el correo electrónico registrado.
● Si la solicitud es aprobada, se realizará el trámite de pago de manera mensual.
Están excluidas de este beneficio personas trabajadoras del sector público, pensionados de cualquier régimen, menores de 15 años, privados y privadas de libertad, beneficiarios de atención a familias de la Junta de Protección Social, así como las personas que reciben más de ₡50 mil por transferencias monetarias del Estado o que cuenten con un trabajo remunerado al 100% de su jornada.
Comentários