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Gobierno endurece medidas durante semana santa para evitar contagio del nuevo coronavirus

  • Foto del escritor: Jason Ureña
    Jason Ureña
  • 1 abr 2020
  • 3 Min. de lectura

Medidas no restringen acceso a servicios básicos.

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El gobierno de la República anunció este miércoles en conferencia de prensa, el refuerzo durante la semana santa de las medidas sanitarias preventivas ante la emergencia por covid-19.


El presidente Carlos Alvarado detalló que se estableció aplicar una serie de medidas a partir del viernes 3 de abril y hasta el martes 7 de abril inclusive; posteriormente, empezarán a regir otras medidas del miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril.


Del viernes 3 al martes 7 de abril, no podrán circular vehículos después de las 5:00 p.m., salvo una serie de excepciones, como vehiculos de emergencia, prestación de servicios domiciliarios de medicamentos o alimentos, vehiculos de recolección de basura, entre otros.

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Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas. Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público y se restringirá el transporte público de larga distancia.


Mientras que desde el sábado 4 a partir de las 5 de la mañana, iniciará una restricción vehicular diurna, dependiendo del número final de la placa de circulación.


El sábado, placas finalizadas en 0, 2, 4, 6 y 8; domingo las placas que terminan en 1, 3, 5, 7 y 9; el lunes les corresponde a los vehiculos cuyas placas finalizan en 0, 2, 4, 6 y 8; mientras el martes serán las placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.


Además, se aplicará otras serie de medidas, tal es el caso de reducción al mínimo del transporte público de larga distancia, únicamente dos carreras diarias. Las rutas restringidas corresponden a las que cubren distancias mayores a 75 kilómetros. Esto se acordó en un diálogo entre transportistas y el MOPT, según explicó el gobierno.


También se da el cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial. Únicamente se permiten los servicios a domicilio.


El otro periodo de medidas iniciará desde el miércoles 8 hasta el domingo 12 de abril.


En este periodo, se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos e intercambio de servicios en virtud del estado de emergencia nacional. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Emergencias y Prevención del Riesgo, respecto a la potestad del Poder Ejecutivo de imponer restricciones temporales durante una emergencia nacional.


Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas. Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días.


El miércoles, la restricción será para las placas que finalicen en 0 y 1; jueves le corresponde a las placas terminadas en 2 y 3; viernes será para los vehiculos cuyas placas terminan en 4 y 5; sábado será 6 y 7; mientras el domingo le corresponde a las placas que cierran en 8 y 9.


También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.


"Estas medidas buscan evitar el traslado a sitios de recreo o que las personas salgan del país utilizando servicios de transporte público y con ello reducir las posibilidades del contagio para no colapsar los servicios de salud. El sector público se mantendrá en modalidad teletrabajo y atendiendo la emergencia durante Semana Santa y solo se darán los feriados de ley que corresponden a jueves y viernes, para evitar que vacacionen", apunta el comunicado oficial del gobierno de la República.


Las medidas hasta hoy aplicadas volverán el próximo 13 de abril.

 
 
 

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