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Juzgado rechaza medidas cautelares en disputa sobre Fondo de trabajadores de JAPDEVA

  • Martin Montoya
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

Tribunal concluye que abogada promovente no tenía legitimación procesal.


El Juzgado de Trabajo del I Circuito Judicial de Limón resolvió rechazar todos los incidentes, solicitudes cautelares y reclamos presentados por la abogada Maribell Patricia Morales Céspedes dentro del proceso judicial relacionado con el Fondo de Capital de trabajadores afiliados al Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA y Afines Portuarios (SINTRAJAP).


La resolución judicial determina que la profesional no contaba con legitimación procesal para actuar dentro del expediente, ni a título personal ni como representante judicial de un grupo de trabajadores, por lo que todas las gestiones planteadas fueron declaradas sin lugar.


El tribunal además dejó claro que la representación legítima dentro de este proceso recae desde el inicio en el Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA y Afines Portuarios, así como en JAPDEVA como parte demandada, descartando así los argumentos sobre supuestas irregularidades en la representación sindical.


Otro de los puntos más relevantes de la resolución es que el dinero reclamado corresponde al aporte del 3% que JAPDEVA debía trasladar al denominado Fondo de Capital, según lo establecido en la convención colectiva, y no a montos individuales pertenecientes directamente a cada trabajador.


Por esa razón, el juzgado señaló que los recursos deberán ser girados al Fondo colectivo correspondiente, siendo la administración de dicho fondo la encargada de verificar y distribuir los eventuales beneficios conforme a sus normas internas y procedimientos legales.


La jueza también concluyó que varios de los cuestionamientos planteados fueron presentados fuera de tiempo, debido a que la incorporación de la abogada al proceso ocurrió cuando el expediente ya había avanzado a etapas posteriores e incluso después de emitida la sentencia de primera instancia.


Con esta decisión, el tribunal busca poner fin a una controversia judicial que se había prolongado durante varios años alrededor del manejo, representación y eventual distribución de los recursos relacionados con el Fondo de Capital de trabajadores vinculados a SINTRAJAP.

 
 
 
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